¿Cómo se logra una distribución digital más justa con los/las creadoras?
En todas las industrias creativas; música, artes escénicas, audiovisual, dramático y literatura, es muy desventajosa la posición de las/los creadoras/es, en comparación con las grandes industrias informáticas. Los creadores se están llevando menos de un 10% de las utilidades que generan las plataformas que comercializan sus obras.
¿Qué dicen las cifras?
Los estudios de la Gesellschaft für musikalische Aufführungs- und mechanische Vervielfältigungsrechte (GEMA) que es una importante entidad de defensa de los derechos de autor en Alemania, y representa los intereses de más de 85 000 compositoras, letristas y editoras, realizó el estudio titulado “Music streaming in Germany. Revenue situation in the German music streaming market 2022”, que nos permite entender mejor el mercado digital en el rubro musical.
Según el estudio, el mercado musical alemán está cada vez más marcado por el streaming desde 2012. Hoy en día la música está disponible con mayor facilidad, se puede utilizar de forma más individual y también es más barata que nunca. Además un gran número de los creadores de música encuestados ven en general el streaming como una oportunidad de llegar a un público más amplio, pero el 89% de los creadores encuestados en el marco de este estudio evalúan la remuneración del streaming musical como inadecuada en general.
De la facturación neta en el streaming de música en el caso de una suscripción individual estándar, aproximadamente el 30% de esa facturación se queda en los servicios de streaming, el 42,4% en los sellos discográficos, un 12,7% se llevan los intérpretes, los editores un 5.3%, mientras que a los autores que son los creadores de las obras va un 9.7%.
Al enfocarnos en una muestra más local, la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC) con el Informe de Recaudaciones Mundiales 2022, en la región de América Latina y el Caribe si nos detenemos en el repertorio musical se calculan 334 millones de euros, audiovisual 31 millones de euros, dramático 4 millones de euros y artes visuales 0,3 millones de euros. Lamentablemente la literatura no está ni mencionada por el bajo ingreso que recibe.
Existe el boom digital pero los creadores no se están beneficiando. Para ahondar más en esto conversamos con Rafael Fariñas, abogado venezolano, Director Regional de la CISAC en América Latina y el Caribe. Según su experiencia en el cargo hace ya 5 años, evidentemente los y las autoras se benefician teniendo mayor difusión pero económicamente esto no se ve reflejado.
“Hay una brecha muy importante entre los beneficios económicos que reciben los autores en comparación con los que reciben los demás agentes del ecosistema digital basado en distribución de contenidos musicales, por ejemplo”, comenta Fariñas.
También nos detuvimos a preguntarle, ¿qué tipo de derechos tienen cada uno de esos actores o agentes del ecosistema digital? Fariñas explicó que los autores y los editores son titulares de derechos de autor. Los primeros como titulares originarios de derechos sobre las obras y los segundos como titulares derivados de derechos de autor cuando suscriben contratos de edición con los autores. A través de estos contratos los autores ceden un porcentaje de sus derechos económicos a los editores por el trabajo que hacen estos de publicar y difundir las obras.
Por su parte los artistas y los productores tienen derechos conexos. Los artistas sobre sus interpretaciones y los productores sobre sus producciones fonográficas. Tanto los derechos de autor como los derechos conexos son derechos de propiedad intelectual.
¿Cómo corregir esa brecha en el disfrute de los beneficios derivados de la economía digital de contenidos? (Rafael Fariñas)
Con un equilibrio razonable. Y ese equilibrio basado en la razonabilidad tiene aspectos jurídicos, económicos y de metadatos.
Jurídico: Hay que impulsar mejores leyes que beneficien a los creadores y los artistas, que son los eslabones más débiles del ecosistema digital; con menos excepciones y limitaciones a los derechos patrimoniales; evitando presunciones de cesiones ilimitadas de derechos económicos; consagrando derechos de remuneración irrenunciable en favor de autores.
Económicos: Es necesario crear consensos entre los distintos actores o partes interesadas en el ecosistema digital para dar a los autores una participación más justa en los beneficios derivados de la utilización de sus obras. Es paradójico que en una economía digital basada en la creación y distribución de obras a través de plataformas, sean precisamente los creadores de tales obras los que menos se beneficien. Eso hay que corregirlo. Y hay que hacerlo con el consenso y acuerdo de todos los agentes: autores, productores, editores, plataformas digitales, y por supuesto los hacedores de políticas públicas.
Metadatos: La dinámica en la economía digital de contenidos tiene en las obras su eje central. Las obras constituyen el producto esencial que da lugar a múltiples relaciones comerciales y a experiencias de disfrute. Para que los autores de tales obras se vean beneficiados de una manera más justa se requiere entonces también que las obras que circulan por la red a través de esas dinámicas contengan una información precisa, sin errores y a prueba de conflictos de titularidad.
Datos como la nacionalidad de la obra, el autor o autores, el editor original, las sub ediciones, las entidades que las administran, los códigos internacionales asociados a tales obras, son esenciales